Abogados de Seattle especializados en seguros de mala fe

Escrito por:

El abogado de L&I, Chris Sharpe Cristóbal Sharpe Cydney Campbell Webster
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Las reclamaciones de seguros pueden ser abrumadoras, especialmente cuando su compañía aseguradora utiliza tácticas de mala fe. Los abogados de Seattle especializados en casos de mala fe en seguros protegen los derechos de los asegurados amparándose en la Ley de Conducta Justa de Seguros del Estado de Washington. Esto garantiza que reciba el trato honesto y justo que merece, permitiéndole obtener la compensación a la que tiene derecho. 

Si ha sufrido engaño, deshonestidad o trato injusto en su reclamación de seguro, defiéndase. Infórmese sobre sus derechos y Contacte con un abogado especializado en seguros para una consulta gratuita..

¿Qué es la mala fe en los seguros?

La mala fe en las aseguradoras se produce cuando la conducta de la compañía aseguradora es irrazonable, frívola o infundada. Se trata de engaño, deshonestidad, injusticia y trato injusto hacia el asegurado. También constituye un incumplimiento del deber de buena fe y trato justo. 

Cuando contratas un seguro, tu agente parece ser tu mejor amigo, pero cuando presentas una reclamación, la amistad termina.

La compañía de seguros le hará gestionar el trámite con el departamento de reclamaciones. 

En ese caso, podría enfrentarse a la denegación rotunda de su reclamación, largas demoras en los pagos, una oferta por una cantidad sustancialmente inferior a la que le corresponde o un trato irrazonable y frívolo. Si esto sucede, es probable que la aseguradora esté anteponiendo sus propios intereses financieros a los suyos. 

Cuando eso sucede, la compañía de seguros puede estar actuando en mala fe.

  • El engaño, la deshonestidad, la injusticia y el trato injusto son simplemente inaceptables. Usted pagó por una póliza de seguro, por lo que es un cliente y merece un trato justo y honesto.
  • Ley del estado de Washington establece que usted puede responsabilizar legalmente a una compañía de seguros, y a veces incluso a un ajustador de seguros, por Gestión de reclamaciones de mala fe si su manejo de su reclamo de seguro viola la Ley de Conducta Justa en Seguros.
  • Esta ley beneficia a los consumidores. Si su compañía de seguros lo ha tratado injustamente, puede usar esta ley para obtener igualdad de condiciones.

¿Qué es la Ley de Conducta Justa en Seguros del Estado de Washington (IFCA)?

La IFCA es una ley favorable para los asegurados. cuando se ocupan de reclamaciones de seguros y sus compañías de seguros.

  • La ley de seguros del estado de Washington declara que el negocio de los seguros se ve afectado por el interés público, lo que exige que todas las personas actúen de buena fe, se abstengan de engañar y practiquen la honestidad y la equidad en todos los asuntos relacionados con los seguros. 
  • Esto significa que las compañías de seguros deben tratar con equidad a sus asegurados y tener en cuenta por igual los intereses de estos.
  • La Ley de Conducta Justa en los Seguros Prohíbe específicamente las denegaciones o los pagos de mala fe, y proporciona una forma de hacer cumplir el deber de buena fe. 

¿Cómo funciona IFCA?

Cualquier reclamante de primera parte de una póliza de seguro que sea Denegar injustificadamente una reclamación de cobertura o pago de prestaciones por parte de una aseguradora. puede presentar una demanda en el Tribunal Superior del Estado de Washington para recuperar los daños reales sufridos, junto con los costos de la acción, incluidos los honorarios razonables de los abogados y los costos del litigio. Puede utilizar IFCA para demandar su compañía de seguros, pero no la compañía de seguros de la otra persona. Un reclamante de primera parte es cualquier persona que tenga una póliza de seguro, es decir, el titular de la póliza de seguro, o cualquier otra persona que esté recibiendo cobertura de primera parte bajo su póliza de seguro, como protección contra lesiones personales (PIP) o cobertura para conductores con seguro insuficiente (UIM/UM). 

La IFCA establece una causa de acción para la persona cubierta por una póliza o contrato de seguro si una compañía de seguros niega indebidamente o tramita de forma inapropiada una reclamación. La IFCA define qué tipos de conducta por parte de una compañía de seguros o un ajustador infringen la ley.

Un demandante exitoso puede recuperar “Los daños reales sufridos, junto con los costos del litigio, incluidos los honorarios razonables de los abogados y los gastos procesales”. Los costos incluyen “los gastos procesales reales y legales, incluidos los honorarios de los peritos”.

Además, el tribunal tiene la facultad de “aumentar la indemnización total por daños y perjuicios hasta una cantidad que no exceda tres veces los daños reales."

El Tribunal de Apelaciones de Washington ha dictaminado que, además de las reclamaciones contra la compañía de seguros, también se puede presentar una demanda contra el perito de seguros a título individual. Esto significa que, según las circunstancias de su caso, usted podría tener derecho a reclamar tanto a la compañía de seguros como al perito. 

Violaciones de la IFCA

El Reglamentos WAC citados en la IFCA incluir una lista extensa de prácticas específicas que constituyen prácticas injustas de resolución de reclamacionesEntre ellos se incluyen, pero no se limitan a:

  1. Tergiversar hechos relevantes o disposiciones de la póliza de seguro.
  2. No acusar recibo ni actuar con la debida prontitud ante las comunicaciones relativas a reclamaciones derivadas de pólizas de seguro.
  3. No adoptar ni implementar estándares razonables para investigar con prontitud las reclamaciones derivadas de las pólizas de seguro.
  4. Negarse a pagar las reclamaciones sin realizar una investigación razonable.
  5. No confirmar ni denegar la cobertura del reclamo dentro de un plazo razonable después de que se haya presentado la documentación completa que acredite la pérdida.
  6. No intentar de buena fe efectuar acuerdos rápidos, justos y equitativos en reclamaciones en las que la responsabilidad se ha vuelto razonablemente clara…
  7. Obligar a un reclamante de primera parte a iniciar o someterse a un litigio, arbitraje o tasación para recuperar las cantidades adeudadas en virtud de una póliza de seguro, ofreciendo cantidades sustancialmente inferiores a las que finalmente se recuperan en dichas acciones o procedimientos.
  8. Intentando llegar a un acuerdo una reclamación por una cantidad inferior a la que una persona razonable habría creído tener derecho en función del material publicitario escrito o impreso que acompañaba o formaba parte de una solicitud.
  9. Realizar un pago de reclamación a un reclamante o beneficiario de primera parte sin que vaya acompañado de una declaración que establezca la cobertura bajo la cual se realiza el pago. 
  10. Hacer valer a un reclamante de primera parte la política de apelar los laudos arbitrales a favor de los asegurados o de los reclamantes de primera parte con el fin de obligarlos a aceptar acuerdos o transacciones inferiores al monto otorgado en el arbitraje. 
  11. Retrasar la investigación o el pago de las reclamaciones exigiendo al reclamante o a su médico que presenten un informe preliminar de la reclamación y, posteriormente, exigiendo presentaciones adicionales que contengan prácticamente la misma información.
  12. No liquidar con prontitud las reclamaciones, cuando la responsabilidad se ha vuelto razonablemente clara, bajo una parte de la cobertura de la póliza de seguro para influir en las liquidaciones bajo otras partes de la cobertura de la póliza de seguro.
  13. No proporcionar con prontitud una explicación razonable de los fundamentos establecidos en la póliza de seguro con respecto a los hechos o la ley aplicable para la denegación de una reclamación o para la oferta de un acuerdo transaccional.
  14. No adoptar ni aplicar estándares razonables para el procesamiento y pago de reclamaciones una vez establecida la obligación de pago.

Normas de investigación rápida

Además, WAC 284-30-370 Establece los estándares para la investigación rápida de una reclamación:

Toda compañía aseguradora debe completar la investigación de una reclamación en un plazo de treinta días a partir de la notificación de la misma, a menos que la investigación no pueda completarse razonablemente dentro de ese plazo.

¿Cómo presentar una reclamación por mala fe de la aseguradora?

Para presentar una notificación IFCA y una demanda, trabaje con su abogado o contacte al comisionado de segurosEstos son los pasos que deberá seguir:

  1. Entienda qué constituye mala fe.La mala fe en las aseguradoras se refiere a una conducta irrazonable, frívola o infundada, que puede incluir retrasar o denegar injustificadamente una reclamación legítima, no llevar a cabo una investigación exhaustiva o no pagar el valor total de una pérdida cubierta. 
  2. Revise su póliza: Asegúrese de comprender los términos y la cobertura de su póliza de seguro; si no los comprende, consulte con un abogado para determinar si su aseguradora está actuando de mala fe al no respetar la póliza.
  3. Reunir evidencias: Conserve toda la documentación que recopile, incluyendo su póliza de seguro, la correspondencia con la aseguradora, los formularios de reclamación presentados, la prueba de dificultades económicas (facturas vencidas, avisos de cobro, etc.) y cualquier otra evidencia que demuestre la mala gestión de su reclamación por parte de la aseguradora. Su abogado le ayudará con esto. 
  4. Presente una queja ante la aseguradora: Presenta una queja formal ante tu compañía de seguros. Expón claramente tus inquietudes y explica por qué crees que actúan de mala fe. Pídeles que te traten con justicia.
  5. Comuníquese con la Oficina del Comisionado de Seguros del Estado de Washington: Si el problema no se resuelve después de contactar a su aseguradora, y si no tiene un buen abogado, puede presentar una queja ante la Oficina del Comisionado de Seguros del Estado de WashingtonSupervisan las prácticas de seguros en el estado de Washington y pueden ayudar a resolver disputas.
  6. Consulte con abogados especializados en casos de mala fe de las aseguradoras en Seattle: Obtenga una consulta gratuita con abogados con experiencia. Quienes pueden ayudarle a comprender sus derechos, asesorarle sobre la mejor manera de proceder y representarle en procedimientos legales si fuera necesario. El derecho de mala fe es una especialidad. Los abogados que se dedican a esto le ofrecerán una consulta gratuita sobre su caso. Estas consultas son gratuitas porque tanto el abogado como usted desean saber si tiene un caso sólido. Una consulta gratuita permite determinarlo rápidamente y sin perder tiempo. Este abogado podrá indicarle si su caso es viable y podría sugerirle llegar a un acuerdo o presentar una demanda contra la aseguradora por incumplimiento de contrato y prácticas de mala fe. Recuerde que cada caso es único, por lo que obtener asesoramiento profesional para su situación es fundamental.

Cómo probar la mala fe de la aseguradora en una reclamación de la IFCA

La mala fe es la principal forma de PROBAR una reclamación de IFCA. Incluye compañías de seguros que:

  • No investigar las reclamaciones de manera rápida y adecuada.
  • Retrasar el proceso de pago sin una buena razón, especialmente cuando dicho retraso genera dificultades financieras para el asegurado.
  • Capacitar a los peritos de seguros para que rechacen las reclamaciones de forma rutinaria.

Sin embargo, lo siguiente NO ES SUFICIENTE para probar una reclamación de IFCA.

  • La mera denegación de una reclamación, o la oferta de una cobertura inferior a la total, probablemente no sea suficiente para constituir mala fe.
  • Mala fe por parte de la compañía de seguros de otra persona.
  • Para probar que una compañía de seguros o un ajustador alega mala fe, es útil poder demostrar lo siguiente:
    • Prácticas específicas de liquidación de reclamaciones injustas, como que el ajustador no lleve a cabo una investigación razonable de su reclamación. 
    • Tergiversación de las disposiciones de la póliza
    • Prácticas de comunicación irrazonables, incluyendo no explicar las decisiones tomadas sobre su reclamación. 

Para probar la mala fe, debe demostrar que su compañía de seguros no actuó de manera razonable ni justa al tramitar su reclamación. Estos son los pasos que usted o su abogado deben seguir:

  1. Comprenda la definición de mala fe: Consulte las definiciones anteriores.
  2. Reunir evidencias: Reúna toda la documentación pertinente, incluida su póliza de seguro para demostrar los términos de la cobertura, la correspondencia con la compañía de seguros, los registros de cualquier llamada telefónica o reunión, incluidas las fechas, las horas y los resúmenes de las conversaciones, las pruebas de la investigación de la compañía de seguros (o la falta de ella) y cualquier motivo proporcionado por la aseguradora para denegar o infravalorar su reclamación.
  3. Demostrar incumplimiento del deber: Debe demostrar que la aseguradora incumplió sus obligaciones al no investigar a fondo, no comunicarse adecuadamente o no proporcionar una explicación razonable para la denegación o la demora en la tramitación de la reclamación.
  4. Demuestre la razonabilidad de su reclamación: Debe aportar pruebas de que su reclamación era legítima y se ajustaba a los términos de la póliza, utilizando presupuestos, tasaciones u opiniones de expertos.
  5. Demostrar los daños: Debe demostrar que sufrió daños debido a las acciones de mala fe de la aseguradora, incluyendo pérdidas económicas, angustia emocional u otros perjuicios. Conserve los comprobantes de sus pérdidas.
  6. Consulte con un Abogado: Demostrar estas cosas por cuenta propia es muy difícil. Los abogados especializados en casos de mala fe en seguros facilitan enormemente la recopilación y el análisis de pruebas, y pueden representarle eficazmente en procedimientos legales.
  7. Utilizar precedentes legales: Su abogado hará referencia a casos judiciales anteriores en el estado de Washington donde acciones similares fueron declaradas de mala fe. Esto puede ayudar a establecer que su caso se ajusta a lo que los tribunales consideran mala fe.
  8. Consideremos el papel de la Oficina del Comisionado de Seguros del Estado de Washington: La oficina no determina la mala fe, pero sus conclusiones en una queja proporcionarán pruebas que lo respalden.

¡Existen recursos adicionales para los consumidores de seguros que han sufrido maltrato!

Además de una causa de acción por mala fe del seguro según la IFCA, existen situaciones en las que usted puede tener un reclamo según la Ley de Protección al Consumidor de Washington (CPA) por prácticas desleales y engañosas o una reclamación por incumplimiento de contrato según el derecho consuetudinario por manejo negligente de reclamacionesEl plazo de prescripción para una reclamación ante un contador público certificado (CPA) es de cuatro años, y generalmente comienza cuando se realiza la primera oferta para resolver el caso.  

Su abogado podrá explicarle si estas opciones también están disponibles para su situación.

No olvide el plazo de prescripción para las reclamaciones de seguros por mala fe.

El plazo para presentar una reclamación por mala fe es limitado. No espere para presentar una reclamación si su compañía de seguros actúa de mala fe. Cuanto más espere, menos probable será que reciba la indemnización que le corresponde. 

El plazo de prescripción para las reclamaciones de seguros por mala fe se divide en dos categorías, según la naturaleza de la reclamación: 

  • Las reclamaciones en materia de derecho contractual se aplican cuando la aseguradora no cumple con los términos de la póliza de seguro. Si la reclamación por mala fe se basa en un incumplimiento del contrato de seguro, El plazo de prescripción es de 6 años a partir de la fecha del incumplimiento., según RCW 4.16.040 (1)
  • Las reclamaciones por responsabilidad civil extracontractual (un ilícito civil, como negligencia o mala conducta intencionada) se aplican a acciones como denegar injustificadamente una reclamación o no llevar a cabo una investigación adecuada.. Si su reclamación por mala fe se basa en una violación de la ley de responsabilidad civil extracontractual, El plazo de prescripción es de 3 años a partir de la fecha en que se produjo el agravio., por RCW 4.16.080 (2)En general, en el caso de reclamaciones por mala fe, el plazo de prescripción comienza a correr a partir de la primera oferta o denegación de la reclamación.

Determinar el plazo exacto de prescripción puede ser complejo y variar según las circunstancias específicas del caso. Otros factores, como el descubrimiento de la mala fe y los términos del contrato, también pueden influir en el plazo. Consulta con profesionales del derecho que puedan brindarle orientación en función de las particularidades de su caso.

No es complicado

Todos los asegurados merecen un trato justo. Si su compañía de seguros le trata injustamente, usted podría tener derecho tanto a reclamar las indemnizaciones por sus lesiones como a presentar una demanda ante la IFCA contra la aseguradora. Sufrir un accidente y tener que tramitar una reclamación de seguro ya es bastante malo. Si su compañía de seguros agrava la situación violando sus derechos, también podría tener derecho a presentar una demanda ante la IFCA. ¡No abandone esta reclamación! ¡Haga que paguen!

Contacte hoy mismo con un abogado experto en mala fe para hablar sobre sus derechos. y una posible reclamación ante la IFCA.

Conozca a nuestro abogado especializado en lesiones personales.

Cydney Campbell Webster

Cydney, socia de GLP Attorneys, es una abogada de éxito especializada en lesiones personales desde 1993. Se especializa en casos en Seattle relacionados con accidentes automovilísticos, lesiones en obras de construcción y productos defectuosos. Su trayectoria incluye acuerdos extrajudiciales significativos, en particular un caso de 7 millones de dólares para un niño lesionado en un incidente en un parque infantil.

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